¿Qué es la formación bonificada?
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social establece para las empresas un modelo de Formación profesional para el Empleo. Con ello pretende fomentar la formación de los trabajadores y ayudar al empresario a financiar los planes formativos mediante los Créditos de Formación. Estos créditos se utilizan para bonificar el coste de las acciones formativas a realizar a lo largo del año.
¿Como se regula este tipo de formación?
A partir del 1 de Enero de 2004, entró en vigor el nuevo Sistema de Formación Profesional continua, regulado actualmente por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, (BOE n. 87, 11/04/2007) y por las diferentes disposiciones que lo desarrollan.
¿Quién gestiona el sistema de bonificaciones?
La Fundación Tripartita (FUNDAE) es la entidad que se encarga de gestionar el crédito destinado a la Formación de todas las empresas. Este fondo particular proviene de las cuotas que las empresas y trabajadores ingresan en la Seguridad Social mensualmente, de las cuales se descuenta un porcentaje con destino a la formación de sus trabajadores.
¿De dónde procede y cómo se calcula el crédito de formación?
Las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores cuyo importe se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece.
¿Cuál es el crédito de mi empresa?
El crédito de formación es anual y si no se utiliza a lo largo del año se pierde. Por regla general para empresas de 1 a 5 trabajadores el importe anual del crédito es de 420 euros al año. Si mi empresa dispone de mas trabajadores el importe se calcula según el baremo establecido por la Fundación Tripartita.
¿Quién puede beneficiarse?
Todo trabajador dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social tiene derecho a poder formarse a través de este sistema siempre y cuando la empresa cumpla con los requisitos formales establecidos y exista un acuerdo con la misma y la representación legal de los trabajadores RLT (si existiera).
1. Formación Bonificada a Coste 0
La Administración del Estado español cada año pone a disposición de las empresas una cantidad de crédito para gastar en la formación de sus trabajadores, mejorando así sus competencias y aportando valor a las personas, que después devuelven ese valor a las empresas con su trabajo.
El pago de cualquier Curso de Working Formación puede gestionarse a través de este sistema de Formación Continua Bonificada.
Pasos a seguir para acceder a esta forma de financiación:
- Conocer el crédito de formación que tiene su empresa. Calcula tu crédito
- Usted elige el curso que quiere realizar.
- Nosotros le gestionamos toda la documentación necesaria.
- Usted realiza el curso con plenas garantías de calidad.
- Nosotros le entregamos el diploma acreditativo.
- Realizamos para usted todas las gestiones con su empresa necesarias para la bonificación del curso.
Descargue la documentación necesaria para inscribirte al curso y poder obtener la bonificación de la formación.
2. Permiso Individual de Formación
Los permisos individuales para la formación de trabajadores españoles están regulados por la Orden Ministerial 2307/2007. Es un permiso centralizado por la empresa a un trabajador, para la realización de un curso, dirigido a la obtención de una acreditación oficial, incluidos los Títulos y Certificados Profesionalidad, así como los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales.
Todo trabajador dispone de un permiso de hasta 200 horas laborales por año para ausentarse de su puesto de trabajo y asistir a cursos, siempre que la formación realizada esté reconocida mediante una acreditación oficial, con el fin de favorecer el desarrollo profesional y personal del trabajador, sin coste para la empresa donde prestas sus servicios.
La cuantía que se podrá bonificar la empresa será el equivalente a una cantidad igual al coste del trabajador durante el tiempo que se ausenta para la asistencia al curso.
Pasos a seguir para acceder a esta forma de financiación:
- El trabajador elige el curso que quiere realizar, siempre que esté acreditado oficialmente y su modalidad sea presencial (o mixta).
- Nosotros gestionamos toda la documentación necesaria.
- El trabajador realiza su curso y obtiene su acreditación oficial.
- Realizamos todas las gestiones con la empresa necesarias para la bonificación del curso.
Descargue la documentación necesaria para inscribirte al curso y poder obtener la bonificación de la formación.
Si desea más información sobre nuestras modalidades de financiación, no dude en consultarnos en el teléfono 976 404 670 o escríbanos directamente en el formulario que encontrará en la zona derecha de la pantalla.